Cómo facturar los gastos de luz a un inquilino

como facturar gastos luz a un inquilino

Es común que el propietario de un piso en alquiler sea el titular del contrato de suministro y que este a su vez pase el gasto al inquilino, pero esto puede generar malentendidos y conflictos legales. Así puedes gestionar los gastos y facturar los recibos de la luz para proteger tus intereses.

Establecer cómo se van a abonar estos consumos es necesario para evitar futuros problemas. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que, salvo pacto en contrario, los gastos que se miden mediante contadores individuales correrán a cargo del arrendatario. Algo que cambia, dependiendo de quién figure como titular en la compañía eléctrica.

¿Qué sucede si el contrato de luz está a nombre del inquilino?

Aunque no siempre es lo que sucede, es la opción más segura y recomendable para el propietario. A través de un trámite conocido como cambio de titularidad, el contrato pasa a estar a nombre del inquilino.

Revisando la factura de la luz
Revisando la factura de la luz / Imagen de Magnific

De esta forma, es el arrendatario el que asume la responsabilidad, legal y directa sobre el pago de las facturas. Lo que exime de toda responsabilidad sobre el pago de estas al propietario de la vivienda. Quedando la deuda vinculada directamente a la persona jurídica a su DNI, quedando la vivienda libre de cualquier carga por deuda, si el inquilino deja de pagar las facturas.

Además de ser el responsable legal, le otorga total libertad para gestionar el contrato y elegir la tarifa que mejor se adapta a sus necesidades en función de sus hábitos de consumo. Así como ajustar la potencia contratada o solicitar un bono social. Dejando al arrendador fuera de la ecuación, ahorrando tiempo y sobre todo preocupaciones.

¿Qué sucede si el contrato de luz está a tu nombre?

En muchas ocasiones, los contratos, ya sea por comodidad, alquileres de corta duración o por habitaciones, se mantienen a nombre del arrendador. De manera que este es el que paga la factura y luego se encarga de imputar el gasto al inquilino.

Lo que implica una serie de riesgos, ya que al ser el titular eres el responsable del pago de las facturas. Lo que implica un problema cuando el inquilino se retrasa en el pago o decide dejar de pagar. En tal caso, la empresa suministradora nos reclamará los importes devengados. Si decidimos no realizar el pago, procederán al corte del suministro y nos aplicarán los recargos estipulados por la desconexión.

Es importante ser conscientes de que en esta situación de impago, no podemos dar de baja o cortar el suministro. En tal caso podrían acusarnos de un delito de coacciones, volviéndose en nuestra contra. Por lo que, si se mantiene la titularidad del contrato como propietario, estamos obligados a seguir pagando las facturas aunque no recuperemos el dinero. Seguir pagando nos ayuda a evitar otros problemas legales que nos dejan en una posición más vulnerable.

¿Cómo facturar correctamente los suministros a tu inquilino?

Una vez analizados ambos escenarios, es importante saber cómo facturar estos servicios, en el caso de que nos veamos obligados a mantener el contrato de la luz a nuestro nombre, una factura que debe ser transparente y metódica.

Lo primero es incluir una cláusula en el contrato de alquiler en la que se detalle cómo se efectuará el cálculo, comunicará y cobrará estos importes cada mes. De manera que el propietario debe trasladar el importe exacto de la factura emitida por la compañía. Por lo que debemos tener en cuenta que está prohibido añadir otros conceptos como la reventa de electricidad o aplicar márgenes de beneficio. Cobrando lo que se ha consumido.

Entregando al inquilino una copia del recibo original. Las facturas desglosan los importes, mostrando tanto la parte fija, el término de potencia, como la parte variable en la que se muestra el consumo real. Lo cual evitará confusiones y discusiones, generando una total confianza.

A la hora del cobro, lo más habitual es añadir estos importes al recibo mensual del alquiler. Haciendo referencia a este concepto por separado. En el caso de habitaciones compartidas, se divide el importe entre las habitaciones y se les imputa a partes iguales, o de forma proporcional según lo que se haya pactado y firmado previamente en el contrato.

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